Ley16411·1993

CONTRIBUCIONES ESPECIALES DE SEGURIDAD SOCIAL. APORTES RURALES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

31/08/1993

Fecha de publicación

9 de junio de 1993

Artículos (1)

Artículo 1Artículo Unico

Facúltase al Poder Ejecutivo a determinar el calendario de liquidaciones y pagos de los aportes rurales referidos en la Ley Nº 15.852, de 24 de diciembre de 1986. Al ejercer esta facultad el Poder Ejecutivo no podrá fijar plazos para efectuar liquidaciones y pagos que superen los seis meses.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 31 de agosto de 1993Promulgación (16411)
  2. 6 de setiembre de 1993Publicación (16411)