Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébase la modificación al artículo XV del Acuerdo de Transporte Aéreo Comercial entre la República Oriental del Uruguay y el Reino de España, ratificado por decreto-ley Nº 15.019, de 3 de junio de 1980, el que quedará redactado de la siguiente manera. (*)