Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébase el Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para la Reducción de la Demanda, Prevención del Uso Indebido y Combate de la Producción y el Tráfico Ilícito de Estupefacientes, Sustancias Sicotrópicas y sus Precursores y Productos Químicos, suscrito en la ciudad de Brasilia el 16 de setiembre de 1991. (*)