Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase con el nombre de "Brigadier General Fructuoso Rivera" al Regimiento de Caballería Nº 3 y con el nombre "Brigadier General Juan Antonio Lavalleja" al Batallón de Infantería Nº 11.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase con el nombre de "Brigadier General Fructuoso Rivera" al Regimiento de Caballería Nº 3 y con el nombre "Brigadier General Juan Antonio Lavalleja" al Batallón de Infantería Nº 11.
Artículo 2 — Artículo 2
Derógase la ley 16.036, de 27 de abril de 1989.
Artículo 3 — Artículo 3
La presente Ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su promulgación.
Esta norma afecta a
Esta norma es afectada por
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.