Artículo 1 — Artículo 1
Desaféctanse de su condición de Monumento Histórico los padrones 1839 y 1840 de la Manzana 60, de la ciudad de Melo, departamento de Cerro Largo.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Desaféctanse de su condición de Monumento Histórico los padrones 1839 y 1840 de la Manzana 60, de la ciudad de Melo, departamento de Cerro Largo.
Artículo 2 — Artículo 2
Déjanse sin efecto las servidumbres impuestas en su oportunidad.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese la resolución adoptada al Registro Departamental de Traslaciones de Dominio de Cerro Largo, a la Dirección General del Catastro Nacional y Administración de Inmuebles del Estado, a la Intendencia Municipal de Cerro Largo, y a la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.