Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado para el pueblo de Empalme Olmos, 7a. Sección Judicial del departamento de Canelones, el día 21 de mayo de 1995 con motivo de los actos celebratorios del centenario de la fundación de dicho pueblo.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado para el pueblo de Empalme Olmos, 7a. Sección Judicial del departamento de Canelones, el día 21 de mayo de 1995 con motivo de los actos celebratorios del centenario de la fundación de dicho pueblo.
Artículo 2 — Artículo 2
Otórgase goce de licencia paga durante el día referido en el artículo 1 a los trabajadores de las actividades pública y privada nacidos o radicados en Empalme Olmos.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.