Artículo 1 — Artículo 1
Declárase Monumento Histórico Nacional el área formada por: límite oeste: Bastión de San Miguel y de Antigua Muralla; límite norte: alineación norte de calle Florida; límite este: predio del Puerto; límite sur: Río de la Plata y los padrones 1669 y 1670 de la 1ra. Sección Judicial del departamento de Colonia.