Ley16766·1996

REGISTROS PUBLICOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/08/1996

Fecha de publicación

29/08/1996

Artículos (1)

Artículo 1Artículo Unico

Prorrógase desde el 1º de abril de 1996 y hasta el 30 de junio de 1997, la entrada en vigencia del decreto-ley Nº 15.514, de 29 de diciembre de 1983.

Relaciones jurídicas

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 22 de agosto de 1996Promulgación (16766)
  2. 29 de agosto de 1996Publicación (16766)