Artículo 1 — Artículo 1
Concédese una pensión graciable, equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales, a las señoras Olga Banegas, María Luisa Balbi, Nelly Gubitosi y Nilda Gubitosi y al señor Wilfredo Toamarán.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Concédese una pensión graciable, equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales, a las señoras Olga Banegas, María Luisa Balbi, Nelly Gubitosi y Nilda Gubitosi y al señor Wilfredo Toamarán.
Artículo 2 — Artículo 2
La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.