Artículo 1 — Artículo Unico
Desígnase con el nombre "Edgardo Ubaldo Genta" a la Escuela Nº 64 del departamento de Treinta y Tres, dependiente del Consejo de Educación Primaria (Administración Nacional de Educación Pública).
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo Unico
Desígnase con el nombre "Edgardo Ubaldo Genta" a la Escuela Nº 64 del departamento de Treinta y Tres, dependiente del Consejo de Educación Primaria (Administración Nacional de Educación Pública).
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.