Artículo 1 — Artículo 1
Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender la cobertura del Seguro de Desempleo de los trabajadores del "Frigorífico La Caballada" (Cybarán S.A.), afectados por el cese de actividades de la referida empresa, en los términos y condiciones que establezca la reglamentación, pudiendo dejar sin efecto los beneficios que se concedan en tanto se revierta la situación del establecimiento. (*)