Ley16887·1997

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JUAN JOSE BRENTA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/11/1997

Fecha de publicación

12 de agosto de 1997

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese una pensión graciable al señor Juan José Brenta, equivalente a cuatro Salarios Mínimos Nacionales.

Artículo 2Artículo 2

La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 17 de noviembre de 1997Promulgación (16887)
  2. 8 de diciembre de 1997Publicación (16887)