Ley16901·1997

LEY DE REGISTROS PUBLICOS - VIGENCIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/12/1997

Fecha de publicación

1 de diciembre de 1998

Artículos (1)

Artículo 1Artículo Unico

Prorrógase, por única vez, la entrada en vigencia de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, hasta el 1º de mayo de 1998. El Poder Ejecutivo reglamentará la ley precitada, antes del 1º de marzo de 1998.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 26 de diciembre de 1997Promulgación (16901)
  2. 12 de enero de 1998Publicación (16901)