Ley16915·1998

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. DANIEL MARTINES CAMIÑO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/03/1998

Fecha de publicación

25/03/1998

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Otórgase una pensión graciable al señor Daniel Martines Camiño.

Artículo 2Artículo 2

El monto de la misma ascenderá al equivalente de cuatro salarios mínimos nacionales.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 18 de marzo de 1998Promulgación (16915)
  2. 25 de marzo de 1998Publicación (16915)