Ley17012·1998

DEUDA PUBLICA - PRESTAMOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/09/1998

Fecha de publicación

10 de julio de 1998

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Banco de la República Oriental del Uruguay a otorgar al Tribunal de Cuentas un préstamo por un monto de hasta 7 millones de dólares de los Estados Unidos de América.

Artículo 2Artículo 2

El destino de ese préstamo será la adquisición o construcción de un edificio para sede del Tribunal de Cuentas y su equipamiento.

Artículo 3Artículo 3

Las partes concertarán todo lo relativo a plazo, amortizaciones, intereses y gastos de la operación.

Artículo 4Artículo 4

El pago de la deuda será atendido con cargo a los recursos establecidos por la Ley Nº 16.853, de 14 de agosto de 1997.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 25 de setiembre de 1998Promulgación (17012)
  2. 7 de octubre de 1998Publicación (17012)