Ley17044·1998

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. HILDA FLORES DE BATALLA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/11/1998

Fecha de publicación

12 de abril de 1998

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese una pensión graciable a la señora Hilda Flores de Batalla equivalente a diez salarios mínimos nacionales.

Artículo 2Artículo 2

La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 25 de noviembre de 1998Promulgación (17044)
  2. 4 de diciembre de 1998Publicación (17044)