Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébase el Convenio de Cooperación en Materia de Salud entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República del Paraguay, suscrito el 11 de agosto de 1993. (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébase el Convenio de Cooperación en Materia de Salud entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República del Paraguay, suscrito el 11 de agosto de 1993. (*)
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.