Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébase el Convenio entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República del Perú para la Prevención del Uso Indebido y Represión del Tráfico Ilícito de Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas y Delitos Conexos, sus Precursores y Productos Químicos Esenciales, suscrito en Lima, el 5 de mayo de 1998. (*)