Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo a enajenar a la Administración Nacional de Educación Pública, el inmueble ubicado en la 2da. Sección Judicial del departamento de Salto, sede del Liceo Nº 3, padrón Nº 2594, señalado con la fracción 2 en el plano del ingeniero agrimensor Danilo Goslino, de 4 de setiembre de 1984, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Salto el 13 de setiembre del mismo año, con el Nº 6.713, el que consta de una superficie de 2.419,60 metros cuadrados.