Ley17233·2000

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ANIBAL ALVES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/02/2000

Fecha de publicación

28/02/2000

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese una pensión graciable al señor Aníbal Alves, equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales.

Artículo 2Artículo 2

La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 18 de febrero de 2000Promulgación (17233)
  2. 28 de febrero de 2000Publicación (17233)