Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado para la ciudad de Dolores, departamento de Soriano, el día 21 de setiembre de 2001, con motivo de conmemorarse el bicentenario de su fundación. (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado para la ciudad de Dolores, departamento de Soriano, el día 21 de setiembre de 2001, con motivo de conmemorarse el bicentenario de su fundación. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Otórgase goce de licencia paga, durante la fecha indicada en el artículo 1º, a los trabajadores de las actividades pública y privada nacidos o radicados en Dolores.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.