Artículo 1 — Artículo 1
Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender por razones de interés general, la cobertura del seguro por desempleo previsto en el Decreto-Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981, a los trabajadores de la empresa Mak S.A. afectados por la situación de la referida empresa, en los términos, plazos y condiciones que establezca la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo y por un plazo máximo de doce meses, pudiendo dejar sin efecto los beneficios que se concedan, en tanto se revierta la situación de dicha empresa.