Ley17293·2001

PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. MAK S.A.

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/01/2001

Fecha de publicación

2 de julio de 2001

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender por razones de interés general, la cobertura del seguro por desempleo previsto en el Decreto-Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981, a los trabajadores de la empresa Mak S.A. afectados por la situación de la referida empresa, en los términos, plazos y condiciones que establezca la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo y por un plazo máximo de doce meses, pudiendo dejar sin efecto los beneficios que se concedan, en tanto se revierta la situación de dicha empresa.

Artículo 2Artículo 2

La ampliación del plazo de la prestación del seguro por desempleo que sea otorgada en virtud de las facultades que se conceden en el artículo anterior, alcanzará a los trabajadores que hayan agotado el plazo máximo de cobertura, de conformidad a lo establecido en los artículos 7º y 10 del Decreto-Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981, así como aquellos que aún continúen en el goce del referido beneficio. La ampliación del plazo de la prestación comenzará a regir a partir del mes inmediato posterior al cese del respectivo subsidio en todos los casos.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 29 de enero de 2001Promulgación (17293)
  2. 7 de febrero de 2001Publicación (17293)