Ley17311·2001

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. INDUSTRIA FRIGORIFICA. ARTIGAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de mayo de 2001

Fecha de publicación

18/04/2001

Artículos (1)

Artículo 1Artículo Unico

Exonérase del Impuesto al Valor Agregado a las enajenaciones de carne bovina originada en la faena de ganado proveniente del departamento de Artigas. El Poder Ejecutivo establecerá las condiciones en las que el beneficio se hará efectivo, pudiendo hacerlo en función del domicilio de los productores, el monto de las adquisiciones de ganado y de las enajenaciones de carne, y otros índices representativos. Esta exoneración regirá por ciento ochenta días.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 5 de abril de 2001Promulgación (17311)
  2. 18 de abril de 2001Publicación (17311)