Ley17427·2001

APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL - CORPORACION ANDINA DE FOMENTO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de julio de 2001

Fecha de publicación

14/12/2001

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase la incorporación de la República Oriental del Uruguay a la Corporación Andina de Fomento (CAF), de conformidad con el Convenio Constitutivo de la referida institución, cuyo texto original se adjunta como Anexo de la presente ley. (*)

Artículo 2Artículo 2

Las obligaciones que demande la presente ley serán atendidas con recursos propios del Banco Central del Uruguay y formarán parte de su capital.

Artículo 3Artículo 3

El Banco Central del Uruguay realizará las gestiones pertinentes y las operaciones necesarias por cuenta y orden del Estado, para integrar el capital de la Corporación Andina de Fomento (CAF).

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 7 de diciembre de 2001Promulgación (17427)
  2. 14 de diciembre de 2001Publicación (17427)