Artículo 1 — Artículo 1
Declárase el 16 de junio "Día de Tacuarembó" en conmemoración de su fundación.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase el 16 de junio "Día de Tacuarembó" en conmemoración de su fundación.
Artículo 2 — Artículo 2
Decláranse de interés general las actividades que se realicen con motivo de la celebración del "Día de Tacuarembó".
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.