Ley17575·2002

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA OLGA GOMEZ DE OLIVERA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/10/2002

Fecha de publicación

11 de mayo de 2002

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese una pensión graciable a la señora María Olga Gómez de Olivera, equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales.

Artículo 2Artículo 2

La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 29 de octubre de 2002Promulgación (17575)
  2. 5 de noviembre de 2002Publicación (17575)