Ley17618·2003

APROBACION DEL QUINTO PROTOCOLO ANEXO AL ACUERDO GENERAL SOBRE COMERCIO DE SERVICIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de octubre de 2003

Fecha de publicación

21/01/2003

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el Quinto Protocolo Anexo al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, suscrito en Ginebra, el 27 de febrero de 1998. (*)

Artículo 2Artículo 2

Encomiéndase al Poder Ejecutivo a efectuar, al momento de depositar el instrumento de ratificación de la República al Quinto Protocolo Anexo al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, la siguiente declaración: "La República Oriental del Uruguay entiende que los Seguros de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, regulados por la Ley Nº 16.074, de 10 de octubre de 1989, se encuentran comprendidos en el inciso ii) del apartado b) del Párrafo 1 del Anexo sobre Servicios Financieros y por tanto están exceptuados del alcance del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios".

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 10 de enero de 2003Promulgación (17618)
  2. 21 de enero de 2003Publicación (17618)