Ley17701·2003

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. OSVALDO PAZ

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/10/2003

Fecha de publicación

11 de abril de 2003

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese una pensión graciable al señor Osvaldo Paz, cédula de identidad Nº 2:847.760-3, equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales.

Artículo 2Artículo 2

La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 27 de octubre de 2003Promulgación (17701)
  2. 4 de noviembre de 2003Publicación (17701)