Ley17708·2003

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. EDUARDO GILARDONI

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de noviembre de 2003

Fecha de publicación

19/11/2003

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese una pensión graciable al maestro Eduardo Gilardoni, equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales.

Artículo 2Artículo 2

La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 11 de noviembre de 2003Promulgación (17708)
  2. 19 de noviembre de 2003Publicación (17708)