Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado para la ciudad de San Gregorio de Polanco, departamento de Tacuarembó, el día 17 de noviembre de 2003, con motivo de conmemorarse los ciento cincuenta años de su fundación. (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado para la ciudad de San Gregorio de Polanco, departamento de Tacuarembó, el día 17 de noviembre de 2003, con motivo de conmemorarse los ciento cincuenta años de su fundación. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Otórgase goce de licencia paga durante la fecha indicada en el artículo 1º de esta ley, a los trabajadores de las actividades pública y privada nacidos o radicados en San Gregorio de Polanco.-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.