Ley17791·2004

PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. FABRICA URUGUAYA DE NEUMATICOS S.A. (FUNSA)

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/07/2004

Fecha de publicación

20/07/2004

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, hasta por un plazo de setenta días, el seguro por desempleo a ciento veinte trabajadores de la empresa Fábrica Uruguaya de Neumáticos Sociedad Anónima (FUNSA) que, con autorización judicial, están haciendo tareas de mantenimiento en la planta industrial, en los términos y condiciones que establezca la reglamentación, pudiendo dejar sin efecto los beneficios que se concedan en tanto se revierta la situación de dicha empresa.

Artículo 2Artículo 2

La ampliación del plazo de la prestación de desempleo que sea otorgada en virtud de las facultades que se conceden en el artículo anterior, alcanzará a los trabajadores que hayan agotado el plazo máximo de cobertura (artículos 7º y 10 del decreto-ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981; y Ley Nº 17.594, de 9 de diciembre de 2002), así como aquellos que aún continúen en el goce del referido beneficio. La ampliación del plazo de la prestación comenzará a regir a partir del mes inmediato posterior al cese respectivo del subsidio en todos los casos.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 14 de julio de 2004Promulgación (17791)
  2. 20 de julio de 2004Publicación (17791)