Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase el ingreso al territorio nacional de los siguientes efectivos de la República Federativa del Brasil, el día 25 de agosto de 2004, a efectos de participar en los Desfiles de Conmemoración de la Independencia de nuestra República, en las ciudades que se dirán: 1. Banderas con Escoltas y una Sub-Unidad del 7º Regimiento de Caballería Mecanizado de Santana do Livramento, en virtud de los actos a celebrarse en la ciudad de Rivera. 2. Banderas con Escoltas y una Sub-Unidad del 5º Regimiento de Caballería de Quaraí, en virtud de los actos a celebrarse en la ciudad de Artigas.