Ley17825·2004

DENOMINACION DEL 24 DE AGOSTO COMO NOCHE DE LA NOSTALGIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de octubre de 2004

Fecha de publicación

16/09/2004

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Denomínase la noche del 24 de agosto de cada año como la "Noche de la Nostalgia".

Artículo 2Artículo 2

El Ministerio de Turismo incluirá en los eventos de carácter turístico a la "Noche de la Nostalgia", promocionando la misma en el exterior a través de Embajadas, Consulados y oficinas comerciales.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 10 de setiembre de 2004Promulgación (17825)
  2. 16 de setiembre de 2004Publicación (17825)