Ley17943·2006

APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL. PROMOCION Y PROTECCION RECIPROCA DE INVERSIONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de abril de 2006

Fecha de publicación

1 de octubre de 2006

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el Tratado entre la República Oriental del Uruguay y los Estados Unidos de América relativo a la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones suscripto en la ciudad de Mar del Plata, República Argentina, el día 4 de noviembre de 2005. (*)

Artículo 2Artículo 2

Apruébase la Declaración efectuada por la República al momento de la suscripción del Tratado mencionado en el artículo 1º, por la cual se establece que el alcance del párrafo 1 del Anexo II del Tratado, correspondiente a la lista de Uruguay prevista en la página 9, referida al Trato de la Nación más Favorecida (artículo 4) y Todos los Sectores, incluye a las medidas que otorgan tratamiento diferencial a los países miembros del MERCOSUR bajo el Tratado de Asunción, firmado el 26 de marzo de 1991.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 4 de enero de 2006Promulgación (17943)
  2. 10 de enero de 2006Publicación (17943)