Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébase el Primer Protocolo Adicional sobre Solución de Controversias del Acuerdo de Complementación Económica Nº 59, suscrito entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, y los Gobiernos de la República de Colombia, de la República del Ecuador y de la República Bolivariana de Venezuela, Países Miembros de la Comunidad Andina, suscrito en la ciudad de Montevideo, el 18 de octubre de 2004. (*)