Artículo 1 — Artículo 1
Establécese el día 13 de octubre de cada año como el día del funcionario del Ministerio de Transporte y Obras Públicas en todo el territorio nacional.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Establécese el día 13 de octubre de cada año como el día del funcionario del Ministerio de Transporte y Obras Públicas en todo el territorio nacional.
Artículo 2 — Artículo 2
Dicho día será considerado no laborable para los mencionados funcionarios.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.