Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébase la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, hecha el 17 de octubre de 2003, en ocasión de la 32a. Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, celebrada en la ciudad de París, del 29 de setiembre al 17 de octubre de 2003. (*)