Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase "Villa Cosmópolis" el Liceo Nº 61 del departamento de Montevideo, dependiente del Consejo de Educación Secundaria (Administración Nacional de Educación Pública).
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase "Villa Cosmópolis" el Liceo Nº 61 del departamento de Montevideo, dependiente del Consejo de Educación Secundaria (Administración Nacional de Educación Pública).
Artículo 2 — Artículo 2
Autorízase a colocar una placa con la inscripción "Señor Antonio Montero" en el Liceo Nº 61 de la ciudad de Montevideo.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.