Artículo 1 — Artículo Unico
Desígnase con el nombre de "Protector de los Pueblos Libres" al Liceo de Chapicuy, en el departamento de Paysandú, dependiente del Consejo de Educación Secundaria (Administración Nacional de Educación Pública).-
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo Unico
Desígnase con el nombre de "Protector de los Pueblos Libres" al Liceo de Chapicuy, en el departamento de Paysandú, dependiente del Consejo de Educación Secundaria (Administración Nacional de Educación Pública).-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.