Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado no laborable para la ciudad de Punta del Este, departamento de Maldonado, el día 5 de julio de 2007, con motivo de conmemorarse los 100 años de su fundación.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
7 de febrero de 2007
Fecha de publicación
7 de setiembre de 2007
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado no laborable para la ciudad de Punta del Este, departamento de Maldonado, el día 5 de julio de 2007, con motivo de conmemorarse los 100 años de su fundación.
Artículo 2 — Artículo 2
Otórgase goce de licencia paga a los habitantes residentes y trabajadores que desempeñen sus tareas en dicha ciudad.
Artículo 3 — Artículo 3
Declárase el día 5 de julio de cada año como "Día de Punta del Este".-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.