Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado no laborable para la ciudad de Guichón, departamento de Paysandú, el día 16 de julio de 2007, con motivo de cumplirse el centenario de su fundación.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado no laborable para la ciudad de Guichón, departamento de Paysandú, el día 16 de julio de 2007, con motivo de cumplirse el centenario de su fundación.
Artículo 2 — Artículo 2
Otórgase goce de licencia paga durante la fecha indicada en el artículo 1º a los trabajadores de las actividades pública y privada nacidos o radicados en la ciudad de Guichón.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.