Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébase la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes adoptada el 11 de octubre de 2005, en Badajoz, Reino de España, en ocasión de celebrarse la Reunión de Delegados Plenipotenciarios de los Estados Miembros de la Organización Iberoamericana de la Juventud. (*)