Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébase el Acuerdo entre el Ministerio de Defensa Nacional de la República Oriental del Uruguay y el Ministerio de Defensa Nacional de la República de Chile sobre Cooperación en Materia de Defensa, suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 24 de agosto de 2007. (*)