Artículo 1 — Artículo 1
Decláranse feriados laborables para el pueblo Conchillas, departamento de Colonia, los días 24 de octubre.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Decláranse feriados laborables para el pueblo Conchillas, departamento de Colonia, los días 24 de octubre.
Artículo 2 — Artículo 2
Declárase feriado no laborable para el pueblo Conchillas, departamento de Colonia, el día 24 de octubre de 2012, con motivo de cumplirse el 125º aniversario de su fundación.
Artículo 3 — Artículo 3
Otórgase goce de licencia paga durante la fecha indicada en el artículo 2º de esta ley, a los trabajadores de las actividades pública y privada nacidos o radicados en el pueblo Conchillas.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.