Ley18429·2008

FUNCIONARIOS. PROVISION DE VACANTES EN LA CORTE ELECTORAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de mayo de 2008

Fecha de publicación

22/12/2008

Artículos (1)

Artículo 1Artículo Unico

Declárase que la suspensión de la facultad para proveer vacantes, dispuesta en el primero inciso del artículo 421 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, alcanza exclusivamente a las vacantes del último grado de los escalafones correspondientes. La Corte Electoral podrá proveer hasta 30 vacantes en el referido último grado escalafonario y asimismo las que se produzcan antes del 30 de junio de 2010, como consecuencia de renuncias, jubilaciones o fallecimientos, tras las promociones correspondientes y siempre en el último grado del escalafón.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 5 de diciembre de 2008Promulgación (18429)
  2. 22 de diciembre de 2008Publicación (18429)