Artículo 1 — Artículo Unico
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2009 la permanencia fuera del país del Contingente Militar desplegado en la República de Haití, autorizado por las Leyes Nos. 17.992, de 20 de julio de 2006, 18.163, de 29 de julio de 2007, y 18.225, de 22 de diciembre de 2007. (*)