Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado para villa Mariscala, departamento de Lavalleja, el día 19 de abril de 2010, con motivo de los actos celebratorios del centenario de su fundación.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado para villa Mariscala, departamento de Lavalleja, el día 19 de abril de 2010, con motivo de los actos celebratorios del centenario de su fundación.
Artículo 2 — Artículo 2
Otórgase goce de licencia paga durante la fecha indicada en el artículo 1° de la presente ley, a los trabajadores de las actividades pública y privada, nacidos, radicados o que desarrollen su actividad en dicha localidad.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.