Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al Ejercicio 2009, con un resultado deficitario de: A) $ 16.099:121.000 (dieciséis mil noventa y nueve millones ciento veintiún mil pesos uruguayos), correspondiente a la ejecución presupuestaria. B) $ 737:372.000 (setecientos treinta y siete millones trescientos setenta y dos mil pesos uruguayos), por concepto de operaciones extrapresupuestarias, derivadas de la aplicación de normas legales. Los importes referidos precedentemente surgen de los estados demostrativos y auxiliares que acompañan a la presente ley y que forman parte de la misma.