Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébanse el Acuerdo sobre Traslado de Personas Condenadas entre los Estados Partes del MERCOSUR, suscrito en la ciudad de Belo Horizonte, República Federativa del Brasil, el 16 de diciembre de 2004, y la Enmienda al Acuerdo sobre Traslado de Personas Condenadas entre los Estados Partes del MERCOSUR, suscrita en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, el 20 de junio de 2005.(*)