Artículo 1 — Artículo Unico
Establécese el día 31 de octubre de cada año como día del funcionario del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en todo el territorio nacional.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo Unico
Establécese el día 31 de octubre de cada año como día del funcionario del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en todo el territorio nacional.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.